COMUNICADO N° 139 : ACTOS PUBLICOS DIGITALES- RECORDATORIO PARA POSTULACIONES APD

 COMUNICADO N° 139                                                                    16-08-2021

SAD LUJAN RECUERDA A LOS DOCENTES INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE ACTOS PUBLICOS DIGITALES

ACTOS PÚBLICOS DIGITALES

IMPORTANTE el solo hecho de la postulación implica la aceptación al cargo/módulos y/u horas cátedras, de acuerdo a lo normado en el Art 2° de la Resolución 1508/20 que modifica el Apartado 6 de la Resolución 1380/20.

Para evitar el no cumplimiento se recomienda tener en cuenta al momento de la postulación: la ubicación del establecimiento, los horarios para no tener superposición horaria.

Es necesario el uso del correo personal @abc.gob.ar

A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBE ARTICULO 2 DE LA RESO 1508-2020

RESO 1508-2020 - ARTÍCULO  2°.-  Modifíquese  el  texto  ordenado  del  Apartado  N°  6  del  Anexo  I  (IF-2020-16580132-GDEBA-SSAYRHDGCYE)  de  la  RESOC-2020-1380-GDEBA-DGCYE,  que  quedará  redactado  de  la siguiente manera:

“6.- DESIGNACION Una vez designado el docente se debe notificar al mismo y se debe comunicar al establecimiento educativo que corresponde. Se  remite  un  correo  electrónico  al  postulante  clasificado  primero  en  el  orden  de  mérito,  notificándolo  de que  ha  sido  designado.  Cabe  destacar  que  el  aspirante  otorga  su  consentimiento  para  ser  designado,  al momento de la postulación. En caso que un postulante se haya inscripto en varios cargos -cuyo desempeño sea  excluyente  entre  sí-  y  que  en  varias  postulaciones  se  encuentre  PRIMERO  EN  ORDEN  DE  MERITO, debe realizarse una notificación para que el postulante seleccione el cargo en el que tomará posesión y las postulaciones  no  aceptadas  no  generan  efectos  para  el  postulante.  Con  dicha  notificación  se  revisa  el orden  de  mérito  de  los  restantes  cargos,  pasando  a  ocupar  la  postulación  el  docente  que  le  sigue  en  el orden mérito. Se remitirá la documentación relativa a la designación (incluidos los datos de contacto)  al establecimiento educativo,  los  que  serán  utilizados  para  la  toma  de  posesión,  mediante  el  correo  electrónico  para notificaciones declarado en instancia de la postulación, y, en su caso, al teléfono de contacto. El aspirante deberá  responder  por  correo  electrónico.  La  falta  de  respuesta  en  las  24  horas  hábiles  de  notificado  es considerada rechazo de la oferta. Se comunicará la designación al establecimiento educativo por correo electrónico ABC (el mismo utilizado para solicitar las coberturas) o por SUNA cuando el IGE hubiera ingresado a la SAD por ese medio,  paraque se realice la toma de posesión del cargo, la que deberá ser realizada sin dilaciones. El establecimiento educativo confirmará a la SAD la toma de posesión por la misma vía.” ARTÍCULO  3°.-  Modifíquese  el  texto  ordenado  del  Apartado  N°  7  del  Anexo  I  (IF-2020-16580132-GDEBA-SSAYRHDGCYE)  de  la  RESOC-2020-1380-GDEBA-DGCYE,  que  quedará  redactado  de  lasiguiente manera:“7.- PUBLICACION DE RESULTADOSFinalizado  el  Acto  Público,  la  SAD  deberá  cargar  en  la  aplicación  Acto  Público  el  postulante  que  ha

resultado  designado.  Con  dicha  información  se  procederá  a  la  publicación  del  resultado  en  la  aplicaciónActo  Público  (señalándose  en  cada  Oferta  el  docente  designado  conforme  al  orden  de  mérito,  estarán  el Nombre  y  Apellido,  CUIL  y  fecha  de  designación).  No  son  válidas  la  toma  de  posesión  de  los  docentes designados sin que medie publicación anterior de la designación. Con la publicación de los resultados enla  aplicación  Acto  Público  Digital  se  dan  por  notificados  todos  los  agentes  que  se  han  postulado  al cargo.”